Medidas cautelares en actos de contenido negativo: la excepción en materia contractual
Como resulta suficientemente conocido la LJCA, junto a otros preceptos dedicados a este asunto, contempla en dos preceptos la eventual adopción de medidas cautelares: de un lado, el artículo 129, permite a los interesados la solicitud, en cualquier estado del proceso, de la adopción de cuantas medidas aseguren la efectividad de la sentencia; de otro lado, el art. 130 de la citada Ley exige que para pronunciarse sobre la adopción de la medida cautelar se realice previamente una valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto, tanto públicos como privados o de terceros, pudiendo acordarse únicamente cuando la ejecución del acto pueda hacer perder su finalidad legítima al recurso «periculum in mora»-, aunque como se explica en la Exposición de Motivos de la norma citada la adopción de estas medidas provisionales «no debe contemplarse como una excepción, sino como facultad que el órgano judicial puede ejercitar siempre que resulte necesario». Ahora bien, en el caso que es objeto de análisis en esta entrada, actos de contenido negativo, el criterio general, mantenido por la jurisprudencia (STS de 10 de octubre de 2011, rec. 3941/2009), es que no son por lo general susceptibles de suspensión pues ello se traduciría en una anticipación de … Continúa leyendo Medidas cautelares en actos de contenido negativo: la excepción en materia contractual
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En qué consiste un concurso de méritos en la Administración pública
Para aquellas personas que trabajan en la Administración pública, el concurso de méritos seguramente sea un término conocido. Se trata de un sistema de selección que permite acceder a plazas sin necesidad de realizar exámenes eliminatorios. A continuación, vamos a analizar en detalle qué es un concurso de méritos, cómo puedes participar, qué aspectos se valoran y qué hacer si no estás de acuerdo con los resultados. Qué es un concurso de méritos Los concursos de méritos son procesos de selección que se utilizan en la función pública para asignar puestos de trabajo. Estos procesos se basan en la experiencia y en la formación de los candidatos, sin necesidad de que los aspirantes superen exámenes eliminatorios. Se trata de procesos clave tanto para la movilidad interna como para la promoción profesional, el cual permite a muchos funcionarios consolidar su empleo. Los concursos de méritos consisten en procesos de adjudicación de puestos de trabajo. En ellos, será un órgano colegiado e independiente el que valore los méritos y las capacidades de los aspirantes para proponer así una adjudicación de los puestos convocados, repartiéndolos entre los aspirantes que obtengan mayor puntuación. El artículo 61 TREBEP regula los procesos selectivos. En este sentido, … Continúa leyendo En qué consiste un concurso de méritos en la Administración pública
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Interinos: ¿en qué casos se produce abuso de temporalidad en el empleo público?
Cierto es, y no se puede negar, que efectivamente se han cometido abusos en el uso de la contratación temporal en las Administraciones públicas. Especialmente en ciertos sectores del empleo público. El problema es que se ha generalizado la hipótesis, quiero decir la existencia de un abuso, a un alto porcentaje de casos de contratación temporal en base a un único dato (la hipótesis): que hubiese transcurrido más de tres años de estar en dicha situación. Sin distingos ni matices. Aunque, ciertamente, más de una pregunta no ha encontrado una adecuada respuesta: ¿Implicaba dicha idea que esto necesariamente hubiera de generalizarse a toda la contratación temporal simplemente por el transcurso de tres años? ¿Habría o no de haberse tenido en cuenta otras circunstancias en forma más decisiva y, entre ellas, por ejemplo que la persona hubiera podido participar en procesos similares?, ¿Se debiera haber reducido solo a aquellos supuestos en que efectivamente haya habido un abuso con todas las dificultades que dicha calificación jurídica presente?. El resultado de esa visión, a mi juicio poco acertada, ha sido un proceso generalizado de estabilización de personal temporal en estos años en plazas, puestos, etc. Un proceso que arroja resultados más que inciertos, … Continúa leyendo Interinos: ¿en qué casos se produce abuso de temporalidad en el empleo público?
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Interinos ¿Desencuentros entre la jurisdicción social y contencioso-administrativa acerca de la posibilidad de declaración de fijeza en el empleo público?
Hace tan solo unos días conocimos que la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en dos sentencias de 25 de febrero de 2025 (rec. 4436/2024 y rec.7099/2022), ha rechazado la posibilidad de declaración de fijeza de aquellos que han tenido nombramientos temporales que deban considerarse abusivos. No sin cierta crítica, quizás en exceso vehemente, de algún despacho de abogados representante legal de colectivos de interinos para quien la sentencia expresa un prejuicio y no un juicio (aquí). Sin entrar en este breve comentario en otros aspectos que plantea dicha sentencia (modo de apreciación del uso abusivo de los nombramientos temporales y consecuencias del cese) no centraremos en lo que, a mi juicio, resulta ser la cuestión central que se plantea como consecuencia de dicha resolución jurisdiccional, a saber: si resulta o no contrario a la Constitución convertir en funcionario fijo o equiparable a quien haya recibido nombramientos temporales abusivos. Y adelantemos ya que no es una cuestión definitivamente resuelta. Al menos no lo es en el ámbito social donde, como tendremos oportunidad de comprobar, todavía pende una cuestión prejudicial. Es preciso recordar, antes de abordar los pronunciamientos de esta última resolución jurisdiccional, que este … Continúa leyendo Interinos ¿Desencuentros entre la jurisdicción social y contencioso-administrativa acerca de la posibilidad de declaración de fijeza en el empleo público?
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División en lotes de los contratos y PYMES
Resulta suficientemente conocido que la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en su artículo 99, trasunto del artículo 46 de la la Directiva 2014/24/UE, establece un nuevo enfoque sobre el fraccionamiento de los contratos estableciendo, como regla general, la división en lotes del objeto de los mismos. Lo cierto es que la división de contratos públicos en lotes es un instrumento que se había previsto por el ordenamiento jurídico desde hace años. Sin embargo, su configuración ha ido evolucionando a lo largo del tiempo. A título de ejemplo, el ya derogado Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público preveía en el artículo 86.3 la posibilidad de que se pudiera dividir un contrato en lotes siempre que el objeto contractual permitiera el fraccionamiento y que fuera debidamente justificado. Pero decimos que, al menos aparentemente, se incorpora un nuevo enfoque en las normas europeas ya que en la anterior Directiva 2004/18, solo podía encontrarse una mención a la división del contrato en lotes referida al cálculo del valor total del contrato y su previsión iba dirigida a evitar que la división … Continúa leyendo División en lotes de los contratos y PYMES
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