La proposición no de ley del grupo parlamentario socialista relativa a pequeños municipios: ¿resulta suficiente la propuesta realizada?
1.Los tradicionales problemas no resueltos de nuestra planta local. Nuestro modelo o forma de Gobierno local se ha transformado significativamente desde la aprobación del texto constitucional. Esta afirmación, que en principio podría parecer excesivamente concluyente, no es sino un fiel reflejo de lo acontecido en las tres últimas décadas. Y, además, esta transformación no puede calificarse simplemente de nominal sino que, mucho más allá, la misma podría decirse que es conceptual y que afecta al arquetipo del Gobierno y Administración municipal. Comenzó en 1999, con la reforma de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y la propia Carta municipal de Barcelona, tuvo un segundo capítulo de enorme importancia con la denominada Ley de Modernización del Gobierno local en el contexto del denominado Pacto local y, finalmente y si salvamos otras reformas puntuales de la legislación local, tuvo su tercer episodio en 2013 en un contexto, marcado por una crisis económica, que fue determinante para que ese intento de reforma transitase en una dirección muy distinta a las dos anteriormente mencionadas que respondían, como hasta ese momento había acontecido, al reforzamiento del poder local. El problema es que esa evolución normativa, con independencia de la dirección de los cambios efectuados, … Continúa leyendo La proposición no de ley del grupo parlamentario socialista relativa a pequeños municipios: ¿resulta suficiente la propuesta realizada?
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Ingreso Mínimo Vital: guía para los Ayuntamientos y demás entidades locales
El pasado 1 de junio, el BOE publicó el Real Decreto-Ley 20/2020, por el que se establece el ingreso mínimo vital (IMV). Se trata de una nueva prestación de la Seguridad Social, de carácter estatal, similar a la ya existente en los países de nuestro entorno. Hasta ahora estábamos habituados a las prestaciones de este tipo de las Comunidades Autónomas que, con diferentes denominaciones, otorgaban una ayuda a los hogares en situación de necesidad. En esta entrada hacíamos un repaso de todas ellas. A pesar de que el IMV es una prestación estatal, se prevé que su acceso sea «multicanal», siendo sin duda los Ayuntamientos uno de los canales que más personas atenderán. Inicialmente, para orientar a todas las personas interesadas en solicitarlo y, más adelante, conforme se suscriban los Convenios que prevé la norma, gestionar las solicitudes (art. 22). A continuación hacemos un repaso de las características de esta prestación así como la incidencia que su gestión tendrá en las Entidades Locales.  Puedes igualmente descargar esta información en un solo documento haciendo click aquí. Acceso Personas beneficiarias (art. 4): 23 a 65 años. integrantes de una unidad de convivencia personas que viven solas o que comparten domicilio. Si comparten domicilio … Continúa leyendo Ingreso Mínimo Vital: guía para los Ayuntamientos y demás entidades locales
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Permiso de paternidad: todas las claves
El permiso de paternidad ha experimentado no pocos vaivenes con los cambios de gobierno que ha sufrido España en los últimos años. Sin duda, la duración del permiso de paternidad y la conciliación de la vida laboral y la vida familiar son temas espinosos no exentos de polémica. La novedad más reciente, introducida con el Real Decreto-Ley 6/2019, es la equiparación de la duración de los permisos por nacimiento de hijo/a de los progenitores. No obstante, tal y como recoge la propia norma citada, la equiparación será progresiva. Como consecuencia de lo anterior, se ha adaptado también la Ley General de la Seguridad Social en lo que atañe a la correspondiente prestación económica. Y también se ha creado una nueva prestación para posibilitar el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante.   Cómo solicitar el permiso de paternidad y quiénes tienen derecho a él Podrán solicitar el permiso por paternidad todos los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social, siempre que hayan cotizado, al menos, 180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda su vida laboral. A la hora de solicitarlo, se ha de pedir a la empresa o administración que haga un certificado de baja … Continúa leyendo Permiso de paternidad: todas las claves
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¿QUÉ PUEDEN HACER LOS GOBIERNOS LOCALES MIENTRAS ESTÁN EN FUNCIONES?
El mandato de los concejales es de cuatro años, desde la fecha de su elección hasta el día anterior al de las elecciones siguientes –artículo 194.1 LOREG-. Al finalizar el mandato se establece un gobierno transitorio y los concejales cesantes solo tienen funciones de administración ordinaria hasta la toma de posesión de la nueva corporación. Esta legislatura será el próximo día 15 de junio o el 5 de julio, según que haya o no recurso contencioso-electoral contra la proclamación de electos. En relación a la administración ordinaria de la Corporación saliente –artículo 194.2 LOREG y 39.2 ROF-, lo único claro que dice la Ley es que aquélla no puede dictar acuerdos que exijan una mayoría cualificada. Estamos, por tanto, ante un concepto jurídico indeterminado que tendrá que determinarse caso por caso y que ha venido siendo configurado por la Jurisprudencia y por la doctrina. Es pacífico que el concepto de ordinario, atendiendo a su interpretación literal, se refiere a la vida diaria del vecindario, a la marcha normal de la gestión municipal, excluyendo no solo aquellos asuntos que para su adopción requieran de una mayoría cualificada, sino también aquellos asuntos de relevancia y trascendencia municipal. La administración ordinaria son los asuntos corrientes propios de la marcha normal de la gestión … Continúa leyendo ¿QUÉ PUEDEN HACER LOS GOBIERNOS LOCALES MIENTRAS ESTÁN EN FUNCIONES?
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Rentas mínimas autonómicas: actualización de la monografía sobre Renta Básica
A finales del año 2017, publicábamos en la Cátedra ACAL-Ciudad Sostenible un trabajo sobre Renta Básica que, entre otras muchas cuestiones, recoge la diferencia entre este concepto y las rentas mínimas existentes en cada comunidad autónoma. Concretamente, el capítulo 2.4 titulado «clarificación de conceptos» explica qué no es Renta Básica y es ahí donde se analizan aquellos aspectos que permiten diferenciarla de otro tipo de subsidios y ayudas que, aunque puedan tener un nombre similar o incluso igual, no tienen nada que ver. A grandes rasgos, podemos afirmar que las rentas autonómicas funcionan como «techo», siendo el máximo que la persona recibirá para sus necesidades más básicas; mientras que la Renta Básica es el «suelo» del que toda persona parte para emprender su vida. Se trata de prestaciones asistenciales subsidiarias, condicionadas, limitadas en el tiempo, revisables y necesitadas de una alta burocracia. Además, es importante tener en cuenta que las prestaciones condicionadas están enfocadas a la disminución de la pobreza pero son ajenas a la distribución de la riqueza. Por el contrario, la Renta Básica aspira no sólo a erradicar la pobreza sino a ser una herramienta útil en la distribución de la renta. Consideramos interesante en su día recoger … Continúa leyendo Rentas mínimas autonómicas: actualización de la monografía sobre Renta Básica
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