La protección del denunciante y la ínsula de barataria
En distintas entradas de este blog me he ocupado de las normas dirigidas a la protección de la integridad pública (aquí y aquí) y he reclamado, como no podía ser de otra forma, la urgente trasposición de las normas europeas que abordaban esta materia. Pues bien, como se ha dado cuenta estas últimas semanas en múltiples diarios especializados y menos especializados, se ha traspuesto finalmente, tarde ciertamente y hay abierto un procedimiento de infracción por este motivo, la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (conocida también como Directiva Whistlebower). En realidad, ya había antecedentes en la trasposición de esta Directiva en nuestro ordenamiento. En primer lugar, aunque solo parcialmente puede considerarse una trasposición de esta Directiva ya que no contempla medidas específicas de protección del denunciante, cabe destacar la Ley 14/2008, de 5 de noviembre, de la Oficina Antifraude de Catalunya. Y, con posterioridad, desde finales del año 2016, hubo una proliferación de leyes de protección del denunciante que se han ido aprobando de forma escalonada en diferentes Comunidades Autónomas. Entre las que actualmente se encuentra en vigor, encontramos la Ley 2/2016, de 11 … Continúa leyendo La protección del denunciante y la ínsula de barataria
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Criterios jurisprudenciales sobre la inadmisión por necesidad de reelaboración de la información: entre el abuso y las limitaciones torticeras a este derecho
Como es suficientemente conocido no fue hasta tiempos relativamente recientes que nuestro país, a diferencia de lo que sucedía en la práctica totalidad de los países desarrollados y, particularmente, de los Estados que conformaban la Unión Europea, carecía de una normativa general que regulase de forma mínimamente satisfactoria tanto la transparencia pública como el acceso a la información por parte de los ciudadanos. Fue, en ese año y en lo sucesivos en el caso de las Comunidades Autónomas, cuando por fin se aprobaría una normativa que, con todas las mejoras que ahora con el tiempo vemos que serían precisas, era digna de tal nombre y se correspondía con el nivel de desarrollo y la calidad de la democracia que era exigible a nuestro país. En paralelo la doctrina científica (VILLORIA, GUICHOT, PIÑAR, BARRERO, etc) y destacados profesionales en el tema objeto de análisis cómo MIGUEL ANGEL BLANES y su célebre y documentado blog (de necesaria consulta para el acercamiento a este tema y que también al tema que hoy analizamos dedicó un comentario) han venido interpretando y clarificando las distintas interpretaciones a este texto legal y denunciando, cuando así ha sido preciso, los excesos y abusos en la actuación de … Continúa leyendo Criterios jurisprudenciales sobre la inadmisión por necesidad de reelaboración de la información: entre el abuso y las limitaciones torticeras a este derecho
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La disonancia cognitiva de las Administraciones públicas (de algunas): a propósito de la consulta pública de normas reglamentarias
El artículo 133 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, enclavado en un título dedicado a la iniciativa legislativa y a la potestad de dictar normas reglamentarias, incorporó como es suficientemente conocido, con carácter preceptivo, un trámite de carácter participativo para la ciudadanía, a saber: la consulta pública previa a la elaboración del proyecto correspondiente. Con dicho trámite, cuya regulación sin duda era francamente mejorable como puso de manifiesto el profesor ARROYO, se iniciaría la tramitación de la norma en cuestión. Hasta aquí todo fácil y sencillo, el problema ha sido su puesta en práctica, sin entrar ahora en las consecuencias de la STC 55/2018, de 24 de mayo de 2018, y las renuencias de la Administración a poner en valor dicho trámite lo que, por cierto, y en esta materia de participación de los ciudadanos en la elaboración normativa no era una novedad. Verlo como un obstáculo en lugar de una oportunidad para una buena regulación ha sido tradicionalmente, y en buena medida sigue siéndolo, el verdadero problema. 1. A vueltas con el mismo problema de siempre: la vetusta distinción entre reglamentos organizativos y ejecutivos. Sistemáticamente, y de forma reiterada, esa pregunta aparece en las reflexiones que, a propósito … Continúa leyendo La disonancia cognitiva de las Administraciones públicas (de algunas): a propósito de la consulta pública de normas reglamentarias
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¿Es preciso revisar el sistema de recursos administrativos? A propósito de la legislación de transparencia y el derecho de acceso a la información de los electos locales
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 10 de marzo de 2022 (rec. 3382/2020) ha venido a zanjar una cuestión, de cierta transcendencia, por incidir en el principio democrático que resulta una pieza basal de nuestro Estado de Derecho. Me refiero, como el lector avezado en estos temas ya se imaginará, a la discusión suscitada en los órganos encargados de velar por la transparencia y el buen gobierno en torno al procedimiento a seguir para recurrir en vía administrativa -a través del sistema de recursos o alternativamente a través de la reclamación regulada en la legislación de transparencia- la denegación del derecho de acceso a la información de los electos locales. Sobre el tema muy esclarecedores de la problemática y con abundante información remito a los trabajos que ya habían reflexionado sobre la relación entre el bloque normativo local y la legislación de transparencia del profesor GUICHOT REINA, de JIMENEZ PLAZA o de esa excelente profesional del mundo local ALONSO HIGUERA (aquí y aquí y aquí) Bien es cierto que, como también podrá imaginarse y de ahí el título de este post, la cuestión a mi parecer va más allá. El problema de fondo, tengo para mi, es la utilidad … Continúa leyendo ¿Es preciso revisar el sistema de recursos administrativos? A propósito de la legislación de transparencia y el derecho de acceso a la información de los electos locales
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La virtud a palos: políticas de integridad y fondos next generation EU
Bien podría decirse que, casi hasta la saciedad, venimos desde hace aproximadamente un año y medio oyendo de los fondos que, con la denominación Next Generation EU, se han destinado por Europa para apoyar la recuperación de los estados miembros afectados por la pandemia de la covid-19. Dada la elevada cantidad a que ascienden los fondos que España recibirá – 140.000 millones de euros en préstamos y subvenciones – no cabe la menor duda de que un adecuado empleo de éstos puede ser no solo estratégico en la recuperación económica tras la pandemia, sino que puede contribuir de forma decisiva a las transformaciones que el país habrá de enfrentar en las próximas décadas. A sensu contrario, ya puede imaginarse, que un uso inadecuado o no estratégico de este fondo no hará sino incrementar los débitos que el país mantiene sin haber desempeñado un papel tractor, y a ser posible decisivo, en la superación de los desajustes y retos que se dibujan a la vuelta de la esquina. Desde luego motivos hay para preocuparse más allá del triunfalismo y los discursos vacuos que suelen manejarse en estos casos. Tanto la experiencia reciente en la ejecución de fondos europeos, con un alto … Continúa leyendo La virtud a palos: políticas de integridad y fondos next generation EU
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