Una reforma local con sentido.
Los elementos esenciales de un modelo de régimen local son básicamente tres:
1.- La elección y mandato de la corporación que ha representar y gobernar la ciudad, su organización y funcionamiento.
2.- Los servicios que deben quedar garantizados desde el nivel de gobierno mas próximo, la ciudad, en un modelo con garantía constitucional de autonomía local como es el nuestro.
3.- Las fuentes de financiación que garanticen la autonomía local.
Hoy los problemas principales que tienen los ayuntamientos provienen de dos ámbitos: el económico y el político.
En el primero se sitúa el actual modelo de financiación local que es totalmente insuficiente para poder cubrir los servicios. A pesar de que la Constitución garantiza la autonomía municipal, y para ello señala en su artículo 142 que deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de sus funciones, lo cierto es que a la endémica situación de insuficiencia de las haciendas municipales se han añadido los efectos devastadores de la crisis que han hecho que prácticamente desaparezcan los ingresos provenientes de subvenciones de las Comunidades Autónomas y los tributos vinculados a la actividad urbanística. Ya en 2006, cuando el Gobierno planteó el Anteproyecto de Ley Básica del Gobierno Local, el principal partido de la oposición, entonces el Partido Popular, vinculó su negociación y apoyo a la nueva ley, a que se pusiera encima de la mesa también un proyecto de ley de financiación de las haciendas locales. El Gobierno no abrió el debate de la financiación y aquel Anteproyecto de Gobierno Local que venía a sustituir a la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local quedo en vía muerta. Aquel proyecto de reforma del régimen local, que pretendía no modificaciones puntuales sino derogar la vigente ley y aprobar una nueva, era realmente una operación de estética ya que no abordaba los elementos esenciales del modelo del régimen local aprobado en 1984. Es preciso que de una vez por todas se defina de manera clara y suficiente el marco de financiación local de los ayuntamientos, algo que se lleva esperando treinta años. Así evitaremos un urbanismo mas pendiente de los ingresos que de la sostenibilidad y los «caramelos envenenados» (piscinas cubiertas, auditorios y similares) de las comunidades autónomas.
En el segundo, el político, está la falta de participación ciudadana y su inmediata consecuencia: la creciente deslegitimación de los concejales y alcaldes. El marco normativo que contempla nuestro ordenamiento para la participación política se conformó hace treinta años dando un gran poder a los partidos políticos para poder arrancar nuestro entonces incipiente sistema democrático. Las normas sirven a su tiempo y circunstancias y han de ir evolucionando. Ahora se trata de trasvasar poder de decisión de los partidos y los ayuntamientos a los vecinos. Nos referimos a poder de decisión, no a participación sin vinculación para el Ayuntamiento, como puede ocurrir ahora por ejemplo en los presupuestos participativos que se ponen en marcha en algunas ciudades. El problema no es que la gente no quiera saber nada de los problemas de su ciudad, el problema es que la gente para poder participar ha de pasar por la militancia en unos partidos, hoy bastante desprestigiados. Salvar esta situación y fomentar la participación, de modo que para ello los ciudadanos no tengan que colocarse en situaciones partidistas, de «frentismo» ideológico y de antagonismos políticos propios de niveles estatales, requiere de listas abiertas y de consultas directas a los ciudadanos. Las listas abiertas permiten que cada vecino pueda dar su voto y ordenar sus preferencias atendiendo a personas. La decisión de quién es mejor dentro de una lista la toman los electores, no los partidos. Esto obligaría a los elegidos a trabajar juntos, en los problemas concretos, a los mejores de cada lista; teniendo que abandonar el «frentismo» politico y partidista de ahora, mas propio del Duelo a Garrotazos de Goya que de voluntad real de resolver los problemas de la gente de cada ciudad. De otra parte, las consultas a los ciudadanos deben ser algo normal para la toma de decisiones de cuestiones importantes para la ciudad. Estas consultas han de venir promovidas tanto por la propia corporación o parte de sus miembros, como por un porcentaje de ciudadanos que con su firma obliga a la corporación a efectuar una consulta, ya sea en orden a iniciativas a desarrollar en el consistorio, o para someter a consulta la aplicación de acuerdos adoptados por el ayuntamiento; por ejemplo, los sueldos de concejales y alcaldes. Para quienes consideren que estas propuestas pueden rayar lo anarquico les sugiero que se ilustren sobre el modelo de administración local en la poco sospechosa Suiza. Un país con algo menos de ocho millones de habitantes, mas de dos mil municipios, listas abiertas y donde las consultas ciudadanas son algo habitual. Es muy recomendable en este sentido la lectura del libro de Daniel Ordas, España se Merece Democracia Directa.
La reforma del régimen local que está preparando el Gobierno, ateniéndonos al contenido del Anteproyecto de Ley para la Racionalizacion y Sostenibilidad de la Administracion Local, de fecha 22 de diciembre pasado, no se ocupa de los problemas a los que nos hemos referido. Básicamente, se ocupa de una recentralización de competencias a favor de las diputaciones y un fortalecimiento de las funciones de control de los Interventores. Esto ya ha originado las correspondientes manifestaciones sobre su inconstitucionalidad por atentar a la autonomía local. Si definitivamente se aprueba como proyecto a finales de este mes de enero, como ya ha anunciado el Gobierno, tiempo habrá de comentar lo que finalmente resulte de la reforma, pues hasta ahora los medios de comunicación venían informando de unas negociaciones entre el PP y PSOE que al parecer han quedado rotas. Además, parece que no hay nada seguro pues también con ocasión de la reforma del Estado se mira hacia las Diputaciones.
Lo cierto es que aunque no se afronte en este momento una revisión del régimen local que aborde los problemas que realmente le aquejan, en el terreno de revisar sus competencias o asuntos de los que se ocupa el nivel municipal, sería una buena ocasión para entrar al terreno sustantivo y analizar la viabilidad real para la inmensa mayoría de los Ayuntamientos (no las grandes ciudades) de determinados asuntos de los que (mal) se vienen ocupando. Nos referiremos a dos: el tratamiento de los residuos sólidos urbanos y la seguridad ciudadana.
Los Ayuntamientos tienen capacidad para resolver la recogida y traslado de sus residuos urbanos hasta una planta de tratamiento, ahora bien, para instalar y gestionar una planta y poder tratar sus residuos, como obliga la normativa, a todos los municipios con más de 5000 habitantes (en el mismo sentido se pronuncia el anteproyecto de ley) no tienen capacidad. La adecuada gestión del medio ambiente y de las soluciones en el tratamiento de los residuos está haciendo que en la práctica sean los niveles de administración superiores al local los que se ocupen de las plantas de tratamiento, eso sí, con los inconvenientes en este caso, derivados de la descentralización de competencias. De manera que sería conveniente, y deseable para el medio ambiente, reflexionar sobre la conveniencia de que el tratamiento de residuos pasara a ser una competencia de ámbito no local. Así podríamos dar cumplimiento ya de una vez al RD 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos, que dicho sea de paso es una norma básica.
Otro tanto ocurre con las policías locales y sus funciones de seguridad. Desde hace doce o quince años las plantillas se han incrementado sobremanera, evolucionando desde aquellas policías locales ocupadas en tareas de regulación de tráfico y otras de guardia urbana a las de seguridad ciudadana. En algunas comunidades, auspiciado por ellas mismas mediante convenios que incrementaron las plantillas hasta un cincuenta por ciento (Madrid y Murcia) con convenios de financiación que ahora solo cumplen a medias. La gestión de estas plantillas y estas funciones de seguridad requiere de métodos, de servicios de inteligencia y en definitiva de una cultura y unas condiciones que en lo local no se dan. Si a ello se le añade que debido a las características del colectivo ha habido una fuerte sindicalización, el conflicto y el desgobierno está servido. Probablemente, sería muy conveniente corregir el sentido de los últimos años y ya que de duplicidades tanto se habla, que fuera el Estado quien se ocupara exclusivamente de la seguridad y los municipios del trafico y la guardia urbana, ordenanzas municipales. Los Alcaldes lo agradecerían y ahorrarían en aspirinas.
- Reforma local (II): competencias locales y provinciales - Ideas y Palabras[...] reforma en definitiva, con poco sentido para un momento en el que un auténtico afán reformista no debería ocultarse tras cifras [...]
- Jesus GarcíaMuchas gracias por tus comentarios que enriquecen los nuestros.
- JesúsInteresante reflexión, como siempre, Jesús. Ya sabes que soy muy crítico con el contenido del anteproyecto elaborado por el gobierno, sobretodo en lo relativo al fortalecimiento competencial -y, en consecuencia, político- de las diputaciones provinciales. Para mí, esta sola idea invalida la filosofía de la reforma, entre otras cuestiones porque este camino conduce al reforzamiento de los aparatos provinciales y contribuye a alejar todavía más al ciudadano, en ese camino de deslegitimación al que haces referencia. Ejemplo sobre el terreno, a partir de una simplificación seguramente un tanto burda. En este bendito país, la estructura provincial configura ámbitos territoriales muy heterogéneos en cuanto a demografía y superficie. Pero podríamos señalar que el tamaño medio de una provincia en España se sitúa en los 10.000 kms cuadrados, al menos. Esa extensión implica la existencia de núcleos de población en los que la capital de la provincia puede estar a más de 100 kms. o una hora y media en vías de difícil acceso. No existe una ratio similar en ningún país de Europa Occidental, si a ello se añade el factor de la despoblación y la baja densidad en muchas provincias del interior del país. Sé que es un dato aislado, pero sirva para ilustrar el absurdo de configurar nuevas autoridades políticas reforzadas en torno a un nuevo centralismo, igualmente distante, pero encima con una legitimación política cuestionable, a partir del obsoleto y vetusto sistema de atribución de los partidos judiciales para la elección de diputados, que conforma una circunscripción electoral que raya el absurdo. En cuanto al sistema de listas abiertas, esta demanda ha pasado de ser un canto utópico a ser una necesidad imperiosa. Esta si es una verdadera estrategia de relegitimación política, y no la campaña de imagen que el gobierno ha encargado al Centro de Estudios Políticos. Por último, por experiencia muy directa conozco el mecanismo de "caramelo envenenado" que la comunidad autónoma ha administrado en ingentes dosis en todo el país. De nuevo nos encontramos en la eterna pugna entre legislador sectorial autonómico y autonomía local. Para que queden claras las líneas rojas que no se pueden traspasar y funcione un verdadero sistema de alerta temprana en defensa, no ya de la autonomía política local, sino de la sostenibilidad económica futura de la misma, el legislador autonómico debería situar en una posición de preeminencia su propia normativa de régimen local. De lo contrario, siempre habrá un consejero con veleidades y afán de notoriedad que acabe impulsando servicios insostenibles que descansarán, tarde o temprano en las escuálidas espaldas de lo local. Es un gran error situar en pie de igualdad la normativa sectorial autonómica y la normativa adjetiva autonómica de régimen local. Siento extenderme tanto. Un placer leerte. Saludos.
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