La OIRESCON emite una aclaración sobre la Instrucción relativa a los contratos menores

La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIRESCON) ha emitido una nota aclaratoria sobre la reciente Instrucción 1/2019, relativa a los contratos menores.

El pasado día 1 de marzo nos hacíamos eco en este blog acerca de los nuevos requisitos para la aprobación de los contratos menores fijados por la la OIRESCON. La publicación de la Instrucción generó controversia de manera inmediata y suscitó numerosas dudas que han motivado la rápida reacción por parte de esta oficina en una cuestión que no es baladí: la obligación de recabar presupuesto de, al menos, tres ofertas.

La nota aclaratoria que se ha hecho pública señala con relación a ello que esta exigencia «responde a la obligación de salvaguardar la libre competencia, que es uno de los principios básicos que recoge el artículo 1 de la LCSP, y que se ha de garantizar en todo procedimiento de contratación, siendo función de esta Oficina promover el mismo (art. 332.6.d) LCSP). En este sentido, dispone la nota que «la referencia a la solicitud de tres presupuestos que se indica en la Instrucción, ha de interpretarse en el sentido de que la misma satisface el principio de competencia; siendo siempre posible justificar motivadamente la no procedencia de tal petición de ofertas cuando dicho trámite no contribuya al fomento del principio de competencia, o bien, dificulte, impida o suponga un obstáculo para cubrir de forma inmediata las necesidades que en cada caso motiven el contrato menor».

Ahora bien, hay que tener muy en cuenta lo que señala la nota al terminar; y es que «en todo caso, la solicitud de tres ofertas se entenderá cumplida con la publicidad de la licitación, si así lo decide el Órgano de Contratación, pues, en tales supuestos, ya quedaría garantizada la competencia«.

No se ofrece más concreción de lo anterior, de suerte que es posible que tengamos una tercera «entrega» de la OIRESCON relativa a los contratos menores, ya que no se especifican cuestiones como el lugar de publicación y que, ciertamente, provocarán nuevas preguntas por parte de las administraciones.

Puedes descargar el texto completo de la nota haciendo click aquí.

 

 

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