Multa coercitiva y su aplicación en el ámbito administrativo

En la mayoría de ocasiones, algunos términos del mundo jurídico, como puede ser en este caso el de la multa coercitiva, puede parecer difícil de entender. Seguro que más de una vez te has preguntado qué es una multa coercitiva, para qué sirve, o si, como su nombre indica, esta puede incluir una sanción económica en caso de que sea impuesta.

Qué son las multas coercitivas

Este término, que es muy común en el ámbito de la Administración, es un medio de ejecución forzosa de actos administrativos que consiste en imponer una serie de multas reiteradas en el tiempo. Esta imposición reiterada en lapsos de tiempo tiene como objetivo inducir al sujeto obligado a cumplir lo ordenado por la Administración después de haber incumplido previamente un acto administrativo.

En cuanto a su regulación, la encontramos recogida en el artículo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A pesar de lo que puedan pensar muchos usuarios, este instrumento no tiene naturaleza sancionadora, por lo que, al ser independiente, es perfectamente compatible con otras posibles sanciones. De ello da buena cuenta el apartado 2 del citado artículo 103, en donde se señala que:

“La multa coercitiva es independiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas.”

En este sentido, el Tribunal Supremo viene reiterando en sus sentencias que la multa coercitiva tan solo pretende ser una medida de coerción para que el obligado cumpla con lo ordenado (por todas, STS de 5 de junio de 2018 (rec. 1502/2017):

«Con carácter general, las multas coercitivas son una medida de coerción o constreñimiento económico que se impone, previo requerimiento, y se reiteran periódicamente, con la finalidad de vencer la resistencia del destinatario del acto a cumplir una decisión administrativa. En definitiva, se trata de «obtener la acomodación de un comportamiento obstativo del destinatario del acto a lo dispuesto en la decisión administrativa previa», como declara la STC 238/1988, de 14 de diciembre .

Por el contrario, la multa como sanción administrativa es una manifestación de la potestad sancionadora de la Administración, que tiene un fin represivo o retributivo, del que carece la multa coercitiva, por la realización de una conducta anterior, que se encuentra tipificada como falta administrativa.

Son, por tanto, dos categorías jurídicas que responden a diferentes finalidades y que tienen un régimen jurídico distinto. Son independientes la una de la otra y compatibles entre sí, como ya señalaba el artículo 99.2 de la Ley 30/1992, y ahora reitera el artículo 103 de la Ley 39/2015, pues la multa coercitiva es independiente de las sanciones que puedan imponerse con tal carácter y compatible con ellas.

Tradicionalmente las multas coercitivas se han situado fuera de la órbita de la potestad administrativa sancionadora, al ser una expresión de la autotuela ejecutiva de la Administración que pretende que el comportamiento renuente o rebelde del destinatario se ajuste a lo declarado por la Administración. Acorde con ello, entre los medios de ejecución forzosa, que han de respetar el principio de proporcionalidad, se sitúa, junto al apremio sobre el patrimonio, la ejecución subsidiaria y la compulsión sobre las personas, la multa coercitiva. Así lo establecía el artículo 96 de la Ley 30/1992, y ahora el vigente artículo 100 de la Ley 39/2015.

La trascendencia práctica que en este caso tiene esa diferente naturaleza jurídica, como un medio de ejecución forzosa (multa coercitiva) o como una expresión de la potestad sancionadora (la multa como sanción), es capital, pues mientras que en la primera debe sustanciarse un procedimiento administrativo no sancionador, en la segunda ha de seguirse el procedimiento administrativo sancionador, bajo los principios de la potestad administrativa y con las garantías que ello comporta.»

En definitiva, como afirma la SAN de 7 de junio de 2019:

«Presentan, por tanto, diferente naturaleza la multa coercitiva y la multa sanción requiriendo ésta la tramitación de un procedimiento acorde con dicha naturaleza a diferencia de la multa coercitiva»

Por tanto, podríamos resumir las multas coercitivas como el instrumento que tiene la Administración de obligar al usuario a realizar una acción determinada en los supuestos establecidos mediante la imposición de multas iterativas en distintos periodos de tiempo.

Cuándo se aplica una multa coercitiva por la Administración

Además de la importancia de saber qué es una multa coercitiva, es importante saber que el artículo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, también hace referencia a los supuestos en los que las multas coercitivas se aplican:

  1. Actos personalísimos en los que no se estime oportuna la compulsión directa sobre la persona del obligado.
  2. Actos en los que, siendo procedente la compulsión, la Administración no la estimara conveniente.
  3. Actos cuya ejecución pueda encargar el obligado a otra persona como parte de su representación.

Para saber cuando se aplica este medio de ejecución administrativo, es esencial conocer un poco mejor algunas de las características de las multas coercitivas:

  • Al ser un acto de ejecución, la multa coercitiva admite la interposición de recursos.
  • Existe una proporcionalidad en sus cuantías, por lo que la multa coercitiva nunca puede ser más gravosa que la sanción que ha sido impuesta al obligado.
  • No queda regulado en la ley el límite de multas coercitivas que pueden imponerse de manera sucesiva.
  • Son independientes de las sanciones y compatibles con ellas.

Una multa coercitiva y su ejemplo se puede ver reflejado en el siguiente supuesto: imaginemos que somos propietarios de una finca rústica, la cual está muy mal cuidada y presenta hierbas altas, rastrojos y hojarasca. Esto supone, sobre todo durante la época veraniega, que el riesgo de incendios sea muy alto. Después de haber sido notificados y advertidos por parte de la Administración correspondiente para proceder a su limpieza y desbroce, y tras haber hecho caso omiso a esto, la Administración competente decide imponernos una multa coercitiva para hacernos cumplir lo ordenado. Independientemente de esta multa coercitiva, como hemos dicho antes, también se nos va a poder sancionar en caso de que estemos infringiendo la ley.

Respecto a esto último, y su compatibilidad con las sanciones, la STC 239/1988 habla de que la naturaleza de la multa coercitiva y la de la sanción son distintas, ya que a través de la sanción se ejerce la potestad sancionadora; y con la multa coercitiva se ejerce la llamada “autotutela ejecutiva de la administración”, es decir, la capacidad de la Administración Pública de ejecutar por sí sola sus actos.

En definitiva, la multa coercitiva es uno de esos medios de ejecución forzosa que señala la ley que busca doblegar la resistencia del infractor a cumplir con lo que se le ha ordenado, imponiendo pequeñas multas reiteradas en lapsos de tiempo sobre el patrimonio del ejecutado.

Ahora que tienes más información acerca de la multa coercitiva, te animamos a que, si tienes cualquier duda relacionada con otro asunto administrativo, o buscas el mejor asesoramiento jurídico, cuentes con nuestros servicios legales especializados y te pongas en contacto con nosotros para poder ayudarte

Comentarios
  • Florencio Cruz Barreiro
    cuando adquieres una propiedad que esta sujeta a un derribo parcial, motivo por el cual han sido impuestas multas coercitivas, el nuevo adquirente, arrastra esas multas coercitivas?

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