Los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA)
La contratación administrativa es siempre un tema complejo, porque cuenta con una regulación extensa y diversificada. Dentro de los acuerdos que puede celebrar una Administración pública, destacamos en esta ocasión los contratos sujetos a regulación armonizada, también conocidos como contratos SARA.
Tabla de Contenidos
Qué son los contratos sujetos a regulación armonizada
Los contratos SARA son aquellos contratos del sector público que quedan sujetos a una regulación armonizada por exceder su cuantía económica unos umbrales previamente determinados.
Precisamente por la importancia económica que tienen, este tipo de contratos la Ley exigen su publicidad en el Diario Oficial de la Unión Europea por si, por su importe, fuese de interés también para los operadores de otros estados de la Unión Europea.
Qué contratos están sujetos a regulación armonizada
Se refiere a ellos el artículo 19.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, y se trata de una lista taxativa.
Se encuentran sujetos a regulación armonizada los contratos de obras, de prestación de servicios, de concesión de obras, de suministro y de concesión de servicios, cuyo valor supere una determinada cuantía. También los contratos subvencionados.
De cara a este 2024, son contratos sujetos a regulación armonizada:
- Contratos de obras, concesión de obras y concesión de servicios de valor igual o superior a 5.538.000 euros.
- Contratos de servicios y de suministro de valor igual o superior a:
- 143.000 si son contratos adjudicados por la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social. O por los órganos de contratación del sector de la defensa.
- El resto de contratos de este tipo tiene la consideración de contratos SARA si su valor es igual o superior a 221.000 euros.
- Y los contratos de servicios relacionados con los servicios sociales de valor estimado igual o superior a 750.000 euros.
- Contratos subvencionados de obras o servicios en más de un 50% de su importe siempre que pertenezcan a alguna de las categorías siguientes:
- Contratos de obras que tengan por objeto actividades de ingeniería civil o la construcción de hospitales, centros deportivos, recreativos o de ocio, edificios escolares o universitarios y edificios de uso administrativo, siempre que su valor estimado sea igual o superior a 5.382.000 euros.
- Contratos de servicios vinculados a un contrato de obras de los definidos en la letra a), cuyo valor estimado sea igual o superior a 215.000 euros.
Qué implican los contratos SARA
Vamos a analizar qué supone un contrato sujeto a regulación armonizada:
Régimen jurídico
Estos contratos quedan sujetos a las directrices europeas, a los que se aplican las disposiciones comunitarias tanto en lo relativo a su preparación como en la adjudicación.
Publicidad
Al ser contratos con interés europeo, los SARA tienen que tener una adecuada difusión. De forma que todas las posibles empresas interesadas puedan acceder a la información básica en igualdad de condiciones.
A fin de que todos los interesados puedan tener conocimiento de la oferta, esta se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea o en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
El principio de transparencia debe manifestarse en la publicidad de todas las fases de anuncio de la información previa, anuncio de licitación, denuncia o desistimiento del contrato, anuncio de formalización del contrato y modificación de los contratos.
Además, en el plan anual de contratación que prevé la Ley que publiquen las administraciones, también se recogen una serie de condiciones mínimas con respecto a los contratos sujetos a regulación armonizada.
Igualdad de acceso y trato de los operadores económicos
Para facilitar el acceso y la igualdad de trato de todos los participantes en la licitación, se hará una descripción no discriminatoria del objetivo del contrato, así como de los requisitos de solvencia y los criterios establecidos para la valoración o adjudicación.
También se establece un sistema de reconocimiento mutuo de títulos, certificados y otros diplomas que sean necesarios para tomar parte en la licitación.
Plazos
Los plazos de contratación en los contratos SARA son superiores a los de los contratos No SARA, para garantizar que todos los interesados tendrán tiempo suficiente para presentar su oferta.
El plazo de presentación de proposiciones no será, por lo general, inferior a los 35 días en contratos de obras, suministros y servicios. Ni a 30 días en las concesiones de obras y servicios.
Tutela especial
Los acuerdos que se dicten en la celebración de un contrato SARA y sus modificaciones serán susceptibles de recurso especial de naturaleza administrativa y carácter potestativo que se interponen ante tribunales administrativos independientes del órgano de contratación
Adjudicación
Se lleva a cabo de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público.
Los contratos sujetos a regulación armonizada son algo más complejos que los no SARA, pero también suponen una buena oportunidad para quienes desean convertirse en prestadores de servicios de la Administración pública. Si te interesa la contratación pública, contacta con nuestro equipo de expertos para resolver tus dudas y contar con ayuda profesional en este campo.
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